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| 13-08-2013 | Los beneficiarios recibe capacitación y la exención de Ingresos Brutos | |||
| La Ley Alas llegó a los 35 mil emprendedores inscriptos | |||
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La Ley Provincial N°13.136 (ALAS) entró en vigencia en julio de 2007 por impulso del gobernador Daniel Scioli y está destinada fundamentalmente a los microemprendedores. Abarca todas las actividades de producción, comercialización y oferta de servicios. Los beneficios fundamentales que tiene es la exención del pago de los Ingresos Brutos (IIBB) y la capacitación. También trabajar articuladamente con Cámaras de PYMES, de Comercio e Instituciones relacionadas con los emprendedores.
"El papel protagónico del Estado durante este Gobierno ha sido el de estar presente de manera activa en la búsqueda de la creación y el mantenimiento de nuevas fuentes laborales y en una segunda etapa, ahondar en la calidad del trabajo", señaló el ministro de Trabajo Oscar Cuartango, quien agregó que "este emprendedor es uno más de los tantos trabajadores de la provincia de Buenos Aires que llevan adelante un emprendimiento y que gozan de la exención del pago de IIBB por decisión del gobernador Daniel Scioli".
"El trabajo de autoempleo es digno cuando está sustentado con todas las herramientas legales que hacen visible al trabajador, lo incluye dentro del sistema laboral y productivo y lo ubica en igualdad de condiciones para ofrecer su producto y su servicio. La Ley ALAS apunta a ese objetivo", concluyó el ministro Cuartango.
La Ley ALAS tiene una cobertura total en la provincia de Buenos Aires. Existen más de 200 centros de inscripción, distribuidos en las 46 Delegaciones Regionales y 49 Subdelegaciones del Ministerio de Trabajo, en los 107 municipios con los que existe un convenio firmado y en los 13 centros de referencia (CDR) del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Los requisitos de inscripción son mínimos: fotocopias de DNI; credencial de Monotributo y un impuesto que acredite el domicilio del emprendedor. Completar el trámite de exención para empezar a facturar no demora más de 30 días.
Para interiorizarse aún más de la Ley ALAS, los interesados pueden dirigirse a las Delegaciones y Subdelegaciones Regionales del Ministerio de Trabajo en la Provincia. También pueden hacerlo por te. al (0221) 427 - 5628 / 427 - 5469 o vía correo electrónico a leyalas@gmail.com.
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