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| 05-10-2012 | Tensiones y acuerdos en el Senado | |||
| Mariotto debió ceder y el sciolismo logró modificaciones en la Policía Judicial | |||
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Luego de un largo proceso de análisis, foros y debate del proyecto que el gobernador Daniel Scioli envió a la Legislatura provincial, el Senado aprobó por unanimidad la versión modificada de la Policía Judicial, luego de un largo cuarto intermedio.
El debate principal se posó sobre el articulo 35 del proyecto que establecía originalmente que "para la designación de autoridades, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, designará a las autoridades en sus cargos, previo acuerdo del Senado".
La sesión comenzó con el debate puesto en la Competencia propuesta por el senador Santiago Nino del radicalismo, quien destacó que es necesario "que el cuerpo de investigadores judiciales cumpla el rol en todos los casos, así no resolvemos el todo, es sólo una parte".
Además, al senadora Isabel Gainza también manifestó su desacuerdo con la competencia, pero hizo hincapié en la necesidad de aval del Senado: "No podemos colocar el acuerdo previo del Senado para la designación de las autoridades de este cuerpo de investigadores judiciales", advirtió Gainza.
Cuando le tocó el turno a la bancada de Unión Pro Peronismo, Alfredo Meckievi, resaltó la falta de realismo de la norma: "Estamos cumpliendo un mandato constitucional, que es importante, pero más importante es saber si estamos aportando o no al problema que mas afecta a todos los argentinos que es la inseguridad".
"A esta ley le falta el contexto de un plan estratégico de seguridad y justicia y resolver que queremos hacer con la justicia, con la policía y que todas den respuesta a lo que queremos", analizó el senador y se preguntó "qué se va a hacer con la Dirección de investigaciones de la policía bonaerense DDI y qué va a hacer la policía científica"
Mientras que el FAP también mostró su oposición al articulo 35, en voz de Ricardo Vázquez quién resaltó que debe modificarse el artículo porque "el poder judicial debe ser el encargado de designar a sus funcionarios, porque incurriríamos en un exceso del poder legislativo".
Desde la UCR, el senador Carlos Fernández destacó "que la policía dependa de la Suprema Corte y esta bien que así sea, pero además en este tratamiento aparece el exceso de voluntarismo y estamos creando un cuerpo auxiliar como si fuera la panacea y le ponemos tantos puntos a la designación que vamos a tardar años en la designación de un integrante del cuerpo".
Cuando se disponía a la votación del proyecto, se vislumbraba que tanto la oposición como los senadores de la Juan Domingo votarían en contra del artículo 35 se resolvió un cuarto intermedio para analizar los cambios propuestos.
Según publicó hoy Diagonales.com, tanto el sciolismo como la oposición consideraban que este artículo incurría en una "inconstitucionalidad" porque la Constitución es clara a la hora de establecer qué cargos serán desginados con el aval del Senado y estos cargos no estaban contemplados.
En la interpretación del kirchnerismo esto no era así, ya que no lo prohibía, por lo que no habría problemas. Como lo explicó el senador del Frente para la Victoria, Luciano Martini, "lo que no prohíbe la Constitución, puede llevarse adelante".
Sin embargo, luego de una larga discusión, esta batalla quedó en manos del sciolismo, dejando claramente en manifiesto que se trata de una cuestión política y el obejtivo de quitarle el poder al Senado en la designación de autoridades de la Policía Judicial quedó en evidencia.
Pero los votos no daban y se tuvo que proceder a cambiar el artículo por la siguiente leyenda: "La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, designará a las autoridades en sus cargos, previa entrevista pública en la Legislatura Provincial".
No sólo abriendo el juego a los Diputados que estaban afuera de la decisión anterior, sino que le saca el poder total al Senado pudiendo sólo sugerir, ya que su intervención no es vinculante.
Otros cambios al proyecto
Luego del cuarto intermedio se resolvió modificar el el artículo 4 que se refiere a "las competencias" del cuerpo de Investigadores Judiciales y, en un clausula transitoria, se estipuló que "se ampliará gradualmente a otros delitos en función de las evaluaciones realizadas por la Procuración General de la Provincia, tomando como base los avances informados respecto a los grados de implementación de la presente ley".
También se modificó el inciso D, del artículo 5, donde se habla de la objetividad y se estableció que "el Cuerpo de Investigadores Judiciales actúa con criterio objetivo, evitando todo tipo de discriminación política, social, económica, religiosa, racial, cultural, ideológica, sexual, de género o de cualquier otra índole. Aporta elementos de convicción a todas las partes de proceso. Se considera falta grave el ocultamiento de elementos de convicción favorables a cualquiera de las partes".
Además se cambió el artículo 6, inciso E, donde se detalla las incompatibilidades para formar parte de la fuerza a aquellos que hayan "sido excluido de las fuerzas armadas, de seguridad, policiales, del servicio penitenciario u organismos de inteligencia por delitos o faltas".
Se eliminó el inciso G del Artículo 9, que establecía las "funciones y atribuciones" del Director General del Cuerpo de Investigadores Judiciales en orden a "Evaluar y decidir la intervención del Cuerpo de Investigadores Judiciales cuando lo requieran magistrados de otros fueros".
WZ
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