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| 04-09-2026 | BOLETÍN OFICIAL | |||
| La CNV simplificó las reglas para las agencias de calificación de riesgo | |||
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La Comisión Nacional de Valores (CNV) reemplazó el régimen aplicable a los Agentes de Calificación de Riesgo y eliminó obligaciones que consideró redundantes.
La reforma fue establecida mediante la Resolución General 1164/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial y a la misma accedió la Agencia Noticias Argentinas.
El nuevo marco habilita a las agencias a desarrollar actividades complementarias, siempre que sean compatibles con sus funciones y no afecten la independencia de sus evaluaciones.
También elimina la obligación de informar previamente a la CNV la realización de las reuniones de los consejos de calificación.
El mandato de los integrantes de esos órganos se amplió de dos a cinco años, junto con otros cambios en los requisitos de funcionamiento e información.
La normativa mantiene las obligaciones vinculadas con la transparencia, la prevención de conflictos de intereses y la calidad de las calificaciones emitidas.
El nuevo régimen entró en vigencia con su publicación y alcanzará a las entidades registradas ante el organismo regulador del mercado de capitales. (NA)
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