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| 10-06-2026 | ECONOMÍA | |||
| La Municipalidad de La Plata prorrogó el "Plan de Regularización de Establecimientos Platenses" | |||
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La Municipalidad de La Plata decidió prorrogar el "Plan de Regularización de Establecimientos Platenses" creado en mayo de 2025 por el plazo de un año como una herramienta excepcional.
Según los informes técnicos elaborados por el Observatorio de Datos Productivos de la Secretaría de Producción e Innovación Tecnológica local, en la actualidad hay 9.560 establecimientos habilitados.
Por ello, en 2025 el Plan se puso en marcha buscando revertir el “histórico déficit de registración de las actividades comerciales e industriales desarrolladas en el Partido de La Plata. En ese sentido, según informaron desde su implementación se produjo un incremento aproximado del 25 por ciento en la cantidad de establecimientos con habilitación municipal vigente.
Su objetivo es facilitar el acceso a la habilitación municipal mediante la simplificación de procedimientos administrativos, el acompañamiento institucional y la flexibilización temporal de determinados requisitos formales.
Los interesados tienen la posibilidad de acceder al Plan de Regularización de Establecimientos Platenses de manera online vía web para la habilitación comercial de cualquier rubro, siempre que la superficie del local afectado a la actividad no supere los 300 m2, a excepción de rubros complejos que requieran de la intervención de otras áreas del municipio.
Quienes lo prefieran, pueden solicitar un turno de atención en https://turnos.laplata.gob.ar/misdatos para iniciar el trámite de modo presencial, acudiendo el día y en el horario elegido al Piso 1 del Centro Administrativo Gubernamental Torre I “Dr. Alejandro Korn” sito en calle 12 esquina 51.
En todos los casos, deberá presentarse el titular del establecimiento con DNI o el apoderado con el poder correspondiente y en el caso las personas jurídicas, exhibir el Estatuto o Contrato Social debidamente certificado y con el folio de inscripción del Ministerio de Justicia.
Además, será requisito acreditar el derecho al uso del inmueble mediante un contrato de locación/comodato con firmas certificadas por escribano o por el Colegio de Martilleros, Escritura o Título de propiedad y presentar un Libre deuda Deudores Alimentarios Morosos (DAM) solicitado en https://rdam.mjus.gba.gob.ar/.
Sea cual sea el rubro, será exigible presentar la Constancia de Inscripción en AFIP, que puede obtenerse en https://www.afip.gob.ar; el formulario libre de deuda previsional 522/A, el cual debe imprimirse desde la página https://www.afip.gob.ar con clave fiscal; y el certificado de domicilio de Ingresos Brutos de ARBA, que puede solicitarse en https://www.arba.gov.ar.
También forman parte de la documentación para el trámite el Libre deuda de las Tasas Tributarias Municipales (Seguridad e Higiene, Publicidad y Propaganda, en el caso que corresponda); y el original y una copia del plano de obra civil, aprobado, registrado o visado para comercio, autenticado y actualizado por la Dirección de Obras Particulares.
A su vez, deberá presentarse el informe técnico de bomberos y el final de obra expedido por el Cuartel de La Plata (calle 52 entre 117 y 118), Los Hornos (avenida 137 entre 61 y 62) o Villa Elisa (calle 49 entre 6 y 11) o el Certificado Profesional de Seguridad Antisiniestral (CERPROSA), según corresponda dependiendo la actividad comercial; y una foto de la fachada con la cortina levantada.
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