ARCA dejará de apelar fallos contra Ganancias sobre jubilaciones
20-05-2026
19-05-2026 | Economía
ARCA dejar谩 de apelar fallos contra Ganancias sobre jubilaciones
La Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero dispuso modificar su estrategia judicial y dejar de apelar las sentencias que declaran inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios, en l铆nea con la doctrina sostenida por la Corte Suprema desde 2019.

 La Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero (ARCA) resolvi贸 dejar de apelar los fallos judiciales que impiden aplicar el impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios, tras la reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n en favor de jubilados y pensionados.

La medida fue adoptada mediante la Instrucci贸n General 4/2026 SDGASJ, en la que el organismo reconoci贸 鈥渓a reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema en materia de haberes jubilatorios鈥 y dispuso adecuar su estrategia procesal para evitar nuevas apelaciones ante el m谩ximo tribunal o desistir de las ya presentadas y pendientes de resoluci贸n.  ?

Seg煤n pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la decisi贸n se apoya en el antecedente 鈥淕arc铆a, Mar铆a Isabel c/ AFIP鈥, resuelto por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019, en el que se declar贸 la inconstitucionalidad de distintos art铆culos de la Ley de Impuesto a las Ganancias aplicados sobre jubilaciones.

En ese fallo, los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco sostuvieron que el cobro del tributo sobre haberes previsionales vulneraba el principio de igualdad constitucional en casos de personas jubiladas en situaci贸n de vulnerabilidad por edad o salud.

La Corte consider贸 entonces que 鈥渆l envejecimiento y la discapacidad son causas determinantes de vulnerabilidad鈥, y orden贸 reintegrar las sumas retenidas a la demandante, una jubilada de 79 a帽os con graves problemas de salud, cuyos descuentos alcanzaban hasta el 31,94% de sus ingresos.

En la resoluci贸n firmada el 15 de mayo por el subdirector general de Asuntos Jur铆dicos de AFIP, Gustavo Heber Paturlannes, se instruy贸 a los representantes fiscales a no interponer recursos extraordinarios ni recursos de queja en este tipo de expedientes y, en los casos ya iniciados, desistir de las presentaciones a煤n no sustanciadas.

El texto tambi茅n establece que, cuando las c谩maras federales rechacen sistem谩ticamente las apelaciones del organismo, los representantes fiscales deber谩n consentir las sentencias sobre la cuesti贸n de fondo y continuar 煤nicamente las discusiones vinculadas a honorarios y costas, 鈥渃on el objeto de no generar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional鈥.__IP__

La decisi贸n no alcanzar谩 a causas promovidas por asociaciones o colegios sin legitimaci贸n activa ni a expedientes en los que el organismo considere que existen circunstancias particulares que podr铆an revertir el criterio judicial. #AgenciaNA