La ANMAT prohíbe el producto Copito de Nieve porque representa un riesgo para la salud
16-10-2025
15-10-2025 | BOLETÍN OFICIAL
La ANMAT proh铆be el producto Copito de Nieve porque representa un riesgo para la salud
Se prohibi贸 la elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en l铆nea.

La Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica (ANMAT) prohibi贸 la elaboraci贸n, fraccionamiento y comercializaci贸n en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en l铆nea, del producto Copito de Nieve, Heladitos Secos, porque representa un riesgo para la salud.

A trav茅s de la Disposici贸n 7566/2025, publicada en el Bolet铆n Oficial, las autoridades informaron que el producto Copito de Nieve, Heladitos Secos, R.N.E. N掳: 04017294, R.N.P.A. N掳: 04039186-04039187 no cumplir铆a con la normativa alimentaria vigente.

Esto se debe, seg煤n explicaron, luego de que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) haya indicado que la Direcci贸n General de Control de C贸rdoba les inform贸, en el marco de un Programa de Vigilancia Alimentaria Provincial, la comercializaci贸n de dicho producto en un comercio de la ciudad de C贸rdoba, y que procedi贸 a tomar muestras reglamentarias para su an谩lisis.

Dicho an谩lisis arroj贸 un resultado 鈥渘o conforme鈥 en lo que respecta a la rotulaci贸n del producto, dado que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N掳 4039186-04039187 y el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N掳 04017294 que se exhiben en el r贸tulo son inexistentes.

De este modo, 鈥渟e puso en conocimiento de los hechos a las autoridades sanitarias de todas las municipalidades y comunas de esa provincia, y emiti贸 la Resoluci贸n N掳 23/2025 que resolvi贸 la prohibici贸n de elaboraci贸n, publicidad, comercializaci贸n y distribuci贸n en todo el territorio provincial por tratarse de un producto sin registros sanitarios v谩lidos, y con rotulaci贸n ap贸crifa鈥.

El Departamento de Rector铆a en Normativa Alimentaria de la Direcci贸n de Legislaci贸n e Informaci贸n Alimentaria para la Evaluaci贸n del Riesgo (DLEIAER) del INAL indic贸 que el producto se halla en infracci贸n al art铆culo 3掳 de la Ley N掳 18284, al art铆culo 3掳 del Anexo II del Decreto N掳 2126/71, y a los art铆culos 6 bis y 13 del C贸digo Alimentario Argentino (CAA), por 鈥渃arecer de registros sanitarios de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su r贸tulo n煤meros de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ap贸crifo鈥.

Frente a estos incumplimientos, las autoridades de la ANMAT resolvieron que no podr谩 ser elaborado en ninguna parte del pa铆s, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la Rep煤blica Argentina.