El proyecto de Juicio por Jurados ingresó a Diputados
06-08-2025
12-05-2012 | Legislatura
El proyecto de Juicio por Jurados ingresó a Diputados
El gobierno bonaerense presentó ayer en la Cámara de Diputados el proyecto de ley que establece el Juicio por Jurados que funcionará en el fuero penal para aquellos delitos cuya pena máxima exceda los 15 años de prisión

El gobierno bonaerense presentó ayer en la Cámara de Diputados el proyecto de ley que establece el Juicio por Jurados que funcionará en el fuero penal para aquellos delitos cuya pena máxima exceda los 15 años de prisión. Es decir que mediante este mecanismo, se juzgarán causas como homicidios, abusos sexuales agravados, homicidios en ocasión de robo y torturas seguidas de muerte, entre otras.

La iniciativa impulsada por la administración de Daniel Scioli, supone introducir un nuevo sistema de juzgamiento para estos casos que está prevista en la Constitución bonaerense.

Los tribunales que intervendrán en las causas mencionadas estarán integrados por un juez que actuará de presidente, y doce jurados titulares más seis suplentes. Excepto el juez, ninguno de ellos podrá ser abogado.

El proyecto elaborado por el ministerio de Justicia y Seguridad, tal como adelantó este diario, establece que la función de jurado "es una carga pública obligatoria", de manera tal que los ciudadanos elegidos no podrán excusarse salvo casos fundados.

Para ser miembro del jurado se deberá ser argentino nativo o naturalizado y tener entre 21 y 75 años.

En tanto, no podrán integrarlo quienes desempeñen cargos públicos, funcionarios o empleados del Poder Judicial, integrantes de las fuerzas de seguridad, abogados, escrinos o procuradores, ministros de cultos religiosos y las autoridades de partidos políticos, entre otros.

La propuesta oficial establece que la función del jurado será remunerada y, en ese contexto, los empleados públicos o privados gozarán del pago de sus haberes mientras dure su función. Pero en el caso de trabajadores independientes o desempleados, podrán ser retribuidos con la suma de dos jus diarios, es decir, 240 pesos a valores actuales.

Además, los integrantes del jurado podrán solicitar una dieta diaria para cubrir los costos de transporte y comida.

Otro de los aspectos que aborda el proyecto tiene que ver con la confección de los listados de jurados. Así, la Junta Electoral de la Provincia deberá confeccionar anualmente, por sorteo y en audiencia pública, los listados principales de ciudadanos discriminados por Departamento Judicial y por sexo, a razón de un jurado por cada 1.000 electores. La vigencia de esos listados será de un año.

Dentro de los 40 días hábiles anteriores al juicio, se realizará el sorteo de 48 personas de la lista oficial. De allí saldrán los integrantes del jurado.

También se establece en el proyecto que quien haya cumplido funciones de jurado, no podrá ser designado nuevamente durante los 3 años siguientes a su actuación.

En relación a la labor de los jurados, el proyecto consigna que no podrán realizar preguntas a los testigos.

Los jurados deberán deliberar en sesión secreta y la deliberación no podrá extenderse más de dos días, prorrogables por igual término.

En cuanto a los veredictos, el de culpabilidad del acusado requerirá como mínimo 10 votos afirmativos. Y si el delito tuviera como pena la prisión o reclusión perpetua, se requerirá la unanimidad del jurado, es decir, los 12 votos.

Finalmente se establece que si el veredicto es absolutorio la decisión no podrá ser recurrida. Y que, en casos extremos, el juez podrá disponer que los miembros del jurado no mantengan contactos con terceros o medios de comunicación durante todo el desarrollo del juicio, para lo cual se los alojará en lugares adecuados a cargo del Estado.

Cabe acotar que el jurado decidirá sobre la existencia o no de los hechos juzgados, mientras que el juez tendrá a cargo la calificación jurídica del caso y la pena.

JI