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El Senado debatirá la reforma a la carta orgánica del Banco Central | |||
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La iniciativa fue aprobada el miércoles pasado por la Cámara
baja y enviada al Senado donde este martes será discutida en un plenario de las
comisiones de EconomÃa Nacional e Inversión y Presupuesto y Hacienda. La reunión se llevará a cabo desde las 12 en el Salón Azul del Palacio Legislativo y contará con la presencia de la presidenta del Central, Mercedes Marcó del Pont. Tras la firma del dictamen, que se realizará por la tarde,
la norma quedará habilitada para ser debatida al dÃa siguiente sobre tablas,
gracias a un acuerdo al que llegaron las bancadas mayoritarias del Frente para
la Victoria y de la Unión CÃvica Radical. El tratamiento de la norma en el recinto comenzará temprano y formará parte de una extensa jornada en la que también se incluirá el traspaso de la Nación a la Ciudad de Buenos Aires de la competencia y el control de todos los servicios públicos de pasajeros que circulen por la órbita porteña. El proyecto para modificar la Carta Orgánica del Central,
anunciado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en la apertura de
sesiones ordinarias del 1 de marzo, consta de 24 artÃculos y pretende que el
Banco Central, además de ser una entidad cuya potestad es preservar el valor de
la moneda, incorpore a sus tareas mantener la estabilidad financiera y apoyar
el desarrollo económico con equidad social. En el texto se faculta expresamente al Central a regular y
orientar el crédito -recupera su rol histórico previo a la Ley de
Convertibilidad- a través de las instituciones del sistema financiero, para
promover la inversión productiva de largo plazo. El proyecto aprobado en Diputados introdujo un cambio al
original en el artÃculo 11 de la iniciativa que modifica el 20 de la Carta
Orgánica de la entidad que le permite hacer adelantos transitorios al gobierno
nacional de "hasta un 20 por ciento de la base monetaria, con carácter
excepcional, por un plazo de 18 meses". La modificación precisa que "con carácter excepcional y si la situación o las perspectivas de la economÃa nacional o internacional asà lo justificara podrán otorgarse adelantos transitorios, por una suma adicional equivalente a, como máximo, el 10 por ciento de los recursos en efectivo que el gobierno nacional haya obtenido en los últimos 12 meses". Esa facultad "excepcional podrá ejercerse durante un
plazo máximo de 18 meses" al término del cual el Central "no podrá otorgar al
Gobierno nacional adelantos que incrementen este último concepto". Además, la norma establece adelantos transitorios al Tesoro
Nacional del 12% sobre la base monetaria y del 10% -como máximo- de los
recursos en efectivo que el Gobierno haya obtenido en los últimos 12 meses. También se incluyó en el artÃculo tres del proyecto la promoción del "empleo" como una de las nuevas finalidades de la entidad, además de bregar por la "estabilidad monetaria, financiera y el desarrollo económico con equidad social". "Regular la cantidad de dinero, las tasas de interés y
regular y orientar el crédito" establece el inciso B del artÃculo 4 de la
propuesta, en la que además se fijaron modificaciones a otros tres incisos del
punto 14. Uno de ellos autoriza al Central a la "apertura de
sucursales y otras dependencias de entidades financieras y los proyectos de
fusión de estas, propendiendo a ampliar la cobertura geográfica del sistema,
atender las zonas con menor potencial económico y menor densidad poblacional y
promover el acceso universal de los usuarios a los servicios financieros". Por otro lado, el inciso R del artÃculo 14 habilita a la entidad a "regular las condiciones de crédito en términos de riesgo, plazos, tasas de interés, comisiones y cargos de cualquier naturaleza, como orientar su destino por medio de exigencias de reservas, encajes diferenciales u otros medios apropiados". De igual forma, el inciso W de ese mismo punto hace referencia a la potestad del BCRA de "establecer polÃticas diferenciadas orientadas a las pequeñas y medianas empresas y las economÃas regionales". Por otra parte, el artÃculo 42 establece que "incumbe al banco, además, compilar y publicar regularmente las estadÃsticas monetarias, financieras, cambiarias y crediticias". (Fuente: Telam) |