26-04-2024
29-10-2020 | VIAJEROS PROVENIENTES DE PAÍSES LIMÍTROFES
Se reabrieron las fronteras para que lleguen turistas
El Gobierno oficializ贸 la medida con car谩cter de "prueba piloto". Es para "turismo receptivo para turistas provenientes de pa铆ses lim铆trofes que sean nacionales o extranjeros residentes en los mismos, y cuyo destino sea el AMBA".

El Gobierno oficializ贸 este jueves la reapertura de fronteras para el ingreso de turistas provenientes de pa铆ses lim铆trofes, con car谩cter de "prueba piloto", y estableci贸 cu谩les son las condiciones que deber谩n cumplir los visitantes y quienes trabajan en la actividad.

La medida se formaliz贸 por medio de la Decisi贸n Administrativa 1949/2020, publicada este jueves en el Bolet铆n Oficial.

"Except煤anse, al servicio p煤blico de transporte internacional y a la actividad de turismo, de la prohibici贸n establecida en el Decreto N掳 814/20, exclusivamente a los fines de realizar una prueba piloto para la reapertura del turismo receptivo para turistas provenientes de pa铆ses lim铆trofes que sean nacionales o extranjeros residentes en los mismos, y cuyo destino sea el 脕rea Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)", de acuerdo con el texto oficial.

Al mismo tiempo, el Gobierno exceptu贸 del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibici贸n de circular, a las personas afectadas a las actividades del sector y a los turistas que ingresen al pa铆s.

Seg煤n lo dispuesto, en todos los casos "se deber谩 garantizar la higiene sanitaria y la seguridad, y cuando correspondiere, la organizaci贸n de turnos y los modos de desarrollo de las actividades autorizadas de modo tal que se garanticen las medidas de distanciamiento necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19".

"Los desplazamientos de las personas afectadas al desarrollo de la actividad habilitada por la presente medida deber谩n limitarse al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas", aclar贸 la Casa Rosada.

Tambi茅n, indic贸 que los establecimientos o prestadores de servicios que reciban al turismo internacional autorizado o intervengan en la actividad autorizada, "deber谩n garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud de sus equipos de trabajo, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilizaci贸n del servicio p煤blico de transporte de pasajeros interurbano".

Por su parte, las personas autorizadas a prestar los servicios deber谩n tramitar el Certificado 脷nico Habilitante para Circulaci贸n-Emergencia Covid-19, mientras que quienes ingresen al pa铆s al amparo deber谩n cumplimentar la declaraci贸n jurada prevista por Disposici贸n de la Direcci贸n Nacional de Migraciones e incluir la constancia de PCR -con un m谩ximo de 72 horas de anticipaci贸n- y de un seguro de asistencia m茅dica que comprenda prestaciones de internaci贸n y aislamiento por Covid-19.

El Poder Ejecutivo justific贸 esta decisi贸n al destacar que el turismo "genera ingresos genuinos por pagos de servicios directos -alojamientos, paquetes tur铆sticos, restaurantes, industrias culturales, espacios de recreaci贸n, comercios de artesan铆as, servicios personales, transportes, comunicaciones, etc.- e indirectos, ya que el gasto tur铆stico promueve sucesivas cadenas de pagos a proveedores y personal ocupado, as铆 como inversiones en infraestructura".

"En consecuencia, es necesario adoptar medidas para la reanudaci贸n gradual de la actividad tur铆stica a nivel nacional, que permita, a trav茅s de la experiencia concreta, colectar informaci贸n relevante en orden a planificar e instrumentar protocolos acordes a la priorizaci贸n de la protecci贸n de la salud p煤blica y que, al mismo tiempo, persigan y permitan la realizaci贸n de la actividad en etapas ulteriores, en el marco del nuevo contexto impuesto por la pandemia de Covid-19", a帽adi贸. (谩mbito)