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29-02-2012 | Caso Marita Verón | |||
Alak dijo que "el gobierno asiste a testigos y magistrados" | |||
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El proceso que investiga delitos de "privaci贸n ileg铆tima de la libertad y promoci贸n de la prostituci贸n en concurso ideal" cuenta, as铆, con una participaci贸n activa del Gobierno Nacional. "Este juicio - en el que el tribunal escuchar谩 a unos 120 testigos, en una causa que acumula 10.600 fojas - es emblem谩tico en relaci贸n a un delito aberrante que, por la firme voluntad de nuestra Presidenta, el Gobierno nacional combate en forma sistem谩tica y de manera coordinada con todas las agencias del Estado competentes en la materia, y evidenciar谩 los complejos entretelones que tejen las redes de la trata", afirm贸 Alak. El funcionario explic贸 que la Oficina de Rescate "asiste y acompa帽a a las personas que deban declarar, adem谩s de asesorar al Tribunal para la toma de declaraciones: se le informa las caracter铆sticas de una persona en situaci贸n de vulnerabilidad y de una v铆ctima de este delito tan complejo". Por su parte, Cristian Encinas, abogado de la Oficina que coordina Zaida Gatti, precis贸 "el equipo profesional que interviene est谩 capacitado y cuenta con importantes documentos internacionales, tales como '100 reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condici贸n de vulnerabilidad - XIV Cumbre Judicial Iberoamericana' y 'Gu铆as de Santiago sobre protecci贸n de v铆ctimas y testigos', entre otros". Trata: 36 sentencias condenatorias y casi 3.000 rescates Desde la sanci贸n, en el a帽o 2008, por impulso de la presidenta Cristina Fern谩ndez de Kirchner, de la ley 26.364 de "Prevenci贸n y Sanci贸n de la Trata de Personas y Asistencia a sus V铆ctimas", se liberaron hasta el 31 de enero 煤ltimo 2.794 personas de las redes de trata, de las cuales 569 fueron rescatadas en 2010 y 1.597 en 2011, lo que constituye un promedio de 4 personas por d铆a. En estos casi 4 a帽os, la Justicia federal dict贸 40 sentencias por "Trata de Personas", de las cuales 36 fueron condenatorias. En la mayor铆a de los casos llevados a tribunales, el fin de la trata era la explotaci贸n sexual. La Oficina de Rescate interviene desde el momento en que las v铆ctimas son rescatadas, estableciendo en ese primer contacto una relaci贸n con ellas, inform谩ndoles de sus derechos y garant铆as. Luego se realiza una entrevista, en la cual las v铆ctimas relatan los hechos que hayan sufrido y las profesionales intervinientes confeccionan un informe que remiten al Poder Judicial. Ese documento contribuye a que los operadores judiciales puedan interiorizarse de los hechos y as铆 comprender las circunstancias de la v铆ctima, la cual tambi茅n reviste el car谩cter de testigo, para llevar adelante las declaraciones testimoniales de las mismas. En tanto, en la etapa de juicio oral, la Oficina de Rescate es requerida por el Tribunal para asistir y acompa帽ar a las v铆ctimas durante el debate. "Las consideraciones del equipo profesional, en relaci贸n a las particularidades del delito y de las v铆ctimas, han sido fundamentales durante esta etapa, ya que, como la jurisprudencia lo demuestra, sus declaraciones han servido para ilustrar al Tribunal competente acerca de las caracter铆sticas y los perfiles de las v铆ctimas de trata y de las condiciones de vulnerabilidad en que se encuentran", subray贸 Encinas. "Es as铆 como el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Naci贸n contribuye a que la Justicia comprenda la situaci贸n de la v铆ctima, antes, durante y despu茅s de los hechos que iniciaron el proceso, siguiendo los principios rectores manifestados por nuestra Presidenta y salvaguardando y recomponiendo aquellos derechos fundamentales que fueron violados por quienes hoy, gracias al trabajo mancomunado, saben que ser谩n sancionados", valor贸 Encinas. Adem谩s, destac贸 que se encuentra activa la l铆nea gratuita 145 para realizar denuncias u obtener informaci贸n ante la Oficina de Rescate. Historia del delito de la trata El flagelo de la Trata de Personas con fines de explotaci贸n sexual golpea a nuestra sociedad a煤n desde antes de que se constituyera como Naci贸n. En el a帽o 1797 recal贸, tras un mot铆n, una embarcaci贸n en la que viajaba una poblaci贸n de reclusas inglesas hacia una penitenciar铆a situada en Australia. Las mujeres que se quedaron en Buenos Aires ejercieron la prostituci贸n sometidas por rufianes extranjeros. En esa 茅poca, el delito de Trata de Personas era conocido como "Trata de Blancas". Ese nombre, que estigmatiza y discrimina, era un fiel reflejo de lo que es el delito en s铆, ya que era conocido as铆 en contraposici贸n a la "Trata de Negros", que era el comercio de esclavos tra铆dos a la fuerza desde el continente africano. "En ambos negocios era y es evidente la cosificaci贸n de la persona para comerciar con ella. En el caso en estudio, la 'Trata de Blancas' hac铆a referencia a la mujer europea y blanca (la mayor铆a de ellas, procedentes de Europa del Este, Francia e Italia), que eran v铆ctimas enga帽as por los rufianes de la 茅poca", consider贸 Encinas. En 1913, el Congreso Nacional sancion贸 la ley anti-tr谩fico (Ley 9143), la primera contra la "Trata de Blancas", conocida en honor a su creador como la "Ley Palacios" (por el diputado socialista Alfredo Palacios). El proyecto ampliaba la definici贸n de la trata de blancas e incorporaba la corrupci贸n de menores de ambos sexos y de mujeres adultas. "脡sta fue la primera se帽al, la primera batalla en nuestra Naci贸n contra este delito; una se帽al que fue pionera en la regi贸n y que ha marcado el camino que hoy se sigue", apunt贸 el letrado. En la d茅cada de 1930 se sancion贸 la ley 12.331 de "Profilaxis de la Enfermedades Ven茅reas" que apunt贸, entre otras cosas, a prohibir en forma expresa los establecimientos de casas o locales donde se ejerciera o incitara a la prostituci贸n. Y ya entrada la d茅cada de 1960 se incorporan al C贸digo Penal de la Naci贸n aquellos tipos penales que van sancionar al "rufi谩n", a trav茅s de los art铆culos 127 bis y ter (derogados actualmente con la sanci贸n de la Ley 26.364). "Pero es en el a帽o 2008 - complet贸 Encinas -, con la sanci贸n de la Ley de Prevenci贸n y Sanci贸n de la Trata de Personas y Asistencia a sus V铆ctimas, cuando el Estado Argentino da un acabado concepto del delito de Trata de Personas en todas sus modalidades (explotaci贸n sexual, trabajo forzado, extracci贸n il铆cita de 贸rganos, entre otros) y, consecuentemente con su perseverante y dedicada lucha a favor de la protecci贸n de los derechos humanos, en el mismo cuerpo establece los derechos de las v铆ctimas del delito de Trata; derechos que contemplan el delicado estado psicof铆sico en el que se encuentran las v铆ctimas y garantizan las condiciones en las cuales son asistidas, acompa帽adas y protegidas por el Estado Nacional". |