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| 18-05-2020 | Se evaluará la situación financiera de todas las firmas, más allá de sus ventas | |||
| El Gobierno endurece los requisitos para los salarios complementarios de mayo | |||
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La recomendación de hoy del comité de evaluación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción (ATP) fue que las empresas que reciban ayuda estatal para pagar salarios de mayo no podrán recomprar sus acciones ni distribuir utilidades, sin importar la cantidad de empleados que tengan. Además, se evaluará la situación financiera de todas las firmas, más allá de sus ventas.
Las restricciones que hasta el dÃa de hoy solo regÃan para las empresas de más de 800 empleados prohÃben: distribuir utilidades por los perÃodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019; recomprar acciones directa o indirectamente; adquirir tÃtulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior y realizar erogaciones a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.
Para el caso de los sueldos de mayo (la "segunda ronda" del ATP cuya inscripción estará abierta hasta este jueves), estos requisitos se extenderán para todas las firmas, sin importar la cantidad de empleados que tengan. Antes se evaluaba la situación financiera de las compañÃas de más de 800 trabajadores, ahora se evaluará la situación de todas aquellas que se inscriban al programa.
Por otro lado, si las compañÃas de más de 800 empleados son destinatarias del salario complementario para los sueldos de mayo, los cuatro requisitos que incluyen la imposibilidad de recomprar acciones se deberÃan ampliar por 24 meses, evalúa el comité, formado por representantes de AFIP y el Ministerio de Trabajo, entre otros.
Para hacer cumplir estas condiciones, el comité recomendó "solicitar a la AFIP que remita al Banco Central de la República Argentina y a la Comisión Nacional de Valores la nómina de beneficiarios correspondientes para que efectúen las acciones de control que guardan relación con sus respectivas competencias".
Las restricciones dispuestas por el comité responden a una serie de cuestionamientos sobre el destino del pago de salarios complementarios por parte del Estado, luego de que se diera a conocer que grandes empresas sin problemas de solvencia como el Grupo Techint o ClarÃn hayan sido beneficiados por el subsidio. (filonews)
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