02-05-2024
01-08-2019 | BOLETÍN OFICIAL
El Gobierno posterg贸 para el mes pr贸ximo el aumento en el impuesto a los combustibles
Seg煤n explica el Bolet铆n Oficial, las circunstancias imperantes y la necesaria estabilizaci贸n de los precios ameritaron disponer en mayo 煤ltimo que la actualizaci贸n realizada en abril de este a帽o, surtiera efectos a partir del 1 de julio.

El gobierno nacional posterg贸 para el pr贸ximo mes la segunda mitad del aumento en el impuesto a los combustibles l铆quidos que ya hab铆a prorrogado desde julio a agosto, y deb铆a comenzar a regir este 1 de agosto.

Lo hizo a trav茅s del decreto 531/2019, publicado hoy en el Bolet铆n Oficial, que precis贸 que "resulta conveniente prever una mayor gradualidad, determinando que el incremento total en los montos del impuesto originado en la actualizaci贸n del mismo, surta efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1 de setiembre pr贸ximo".

Los impuestos a los combustibles se actualizan por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del 脥ndice de Precios al Consumidor (IPC), considerando las variaciones acumuladas de ese 铆ndice desde el mes de enero de 2018, inclusive.

En mayo del a帽o pasado se dispuso que la Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) actualizara los montos del impuesto en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada a帽o, considerando, en cada caso, la variaci贸n del IPC correspondiente al trimestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualizaci贸n que se efect煤e.

Las circunstancias imperantes y la necesaria estabilizaci贸n de los precios ameritaron disponer en mayo 煤ltimo que la actualizaci贸n realizada en abril de este a帽o, surtiera efectos a partir del 1 de julio.

La evoluci贸n de las variables tenidas en cuenta tambi茅n torn贸 oportuno morigerar el impacto de esa actualizaci贸n, por lo que en junio pasado se estableci贸 que una parte sustancial del incremento del impuesto surtiera efectos a partir del 1 de agosto.

Con el presente decreto, este incremento pas贸 para el inicio del mes pr贸ximo y se fij贸 en $ 0,310 por litros para nafta sin plomo, hasta y de m谩s de 92 RON; nafta virgen; gasolina natural o de pirolisis; solvente y aguarr谩s.

En tanto que se determin贸 en $ 0,191 por litro el aumento para el gasoil, el di茅sel oil y el kerosene. (telam)