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15-12-2011 | Trabajo en conjunto | |||
Quieren modificar el Código de Faltas Municipales en la Provincia | |||
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El diputado del FpV/PJ Iván Budassi presentó en la Cámara baja un proyecto de ley que tiene por objetivo primordial actualizar el procedimiento de faltas municipales en la provincia, proponiendo una reforma integral al código hoy vigente, sancionado en 1977 por el gobierno militar. La iniciativa surgió del trabajo de una comisión especialmente dedicada a estudiar el tema, coordinada por Budassi, y que contó con la participación de los diputado José Comparato y Raúl Pérez, la colaboración de asesores de distintos bloques y la formal participación de la AsesorÃa General de Gobierno y el Asesor General Saúl Arcuri, por intermedio de la Secretaria Letrada, MarÃa Ernestina Frascheri. La idea es adecuar las normas por las que los jueces de faltas municipales deben llevar adelante el procedimiento contravencional por el que se investigan las conductas que pueden haber violado normas municipales, o las provinciales que deban ser aplicadas por las autoridades locales. AsÃ, la reforma busca que todos los bonaerenses cuenten con mayores oportunidades para defenderse eficazmente en este tipo de juicios. Al mismo tiempo, se persigue organizar mejor la actual administración para que se cumplan de forma efectiva las leyes municipales, ya sean las que refieren a planeamiento urbano, normas de tránsito, salubridad y seguridad pública, bromatologÃa, y todas las vinculadas a regular la convivencia armónica en el ámbito comunal. En primer término, se ha resaltado el carácter administrativo de todo el sistema, lo que permite emplear los criterios del derecho administrativo para la evaluación y resolución de los casos. En este sentido, cabe resaltar que se ha se ha quitado a los jueces de faltas la facultad de aplicar sanciones de arresto, o cualquier otra limitación a la libertad personal de los procesados: sólo podrán aplicar sanciones que van desde el apercibimiento hasta multas, o clausuras de establecimientos. Al mismo tiempo, en lo que hace al procedimiento en sÃ, se ha buscado agilizar los trámites previos a la sentencia y facilitar el más amplio ejercicio del derecho de defensa por parte de los ciudadanos. Se han ampliado, asimismo, las facultades de los funcionarios municipales para prevenir conductas que puedan poner en peligro la salud y seguridad pública en el orden municipal. En respuesta a un reclamo de muchos sectores académicos y doctrinarios se ha dispuesto que la mayorÃa de las decisiones tomadas por los jueces de falta sean revisadas judicialmente por jueces contencioso administrativos. Ello porque los jueces del fuero penal, quienes tienen hasta el momento competencia en estos asuntos, deben resolver cuestiones que no se condicen con su preparación especÃfica, ya que, por ejemplo, tienen que expedirse sobre actos administrativos vinculados a habilitaciones, o sobre la aplicación del código de planeamiento urbano, o de otras normas vinculadas de forma directa al derecho administrativo. De acuerdo al proyecto, solo queda bajo la competencia de los jueces correccionales la revisión de las sanciones aplicadas en base a las leyes de tránsito. En cuanto a los jueces de faltas, se clarifica su pertenencia al régimen de empleo público municipal, estableciéndose además para su designación y remoción una Comisión Municipal de selección y remoción de los Jueces de Faltas, que funciona de manera similar al sistema que nombra y remueve los jueces del poder judicial. Los autores de este extenso proyecto de 91 artÃculos esperan que con el mismo se abra en el ámbito legislativo y académico un debate que permita lograr un acuerdo para cambiar el sistema hoy vigente, diseñado en un gobierno autocrático hace ya 35 años. JC |