Aprueban proyecto que adecua la norma provincial sobre violencia familiar
25-07-2025
24-11-2011 | Pasó al Senado
Aprueban proyecto que adecua la norma provincial sobre violencia familiar
La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires aprobó un proyecto de ley que modifica una serie de artículos de la norma sobre violencia familiar.

La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires aprobó un proyecto de ley elaborado por la legisladora del FPV-PJ Claudia Prince que modifica una serie de artículos de la ley 12.569. La nueva redacción de la norma define a la violencia familiar como toda acción, omisión o abuso que afecte la vida, libertad, seguridad personal, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial de una persona en el ámbito del grupo familiar aunque no configure delito. 

El objetivo primordial de la iniciativa es asegurar el acceso de las víctimas a la justicia en términos de gratuidad, inmediatez, respuesta oportuna y rápida. Asimismo, se incorporan otras medidas preventivas urgentes que pueden adoptar cualquiera de los órganos judiciales ante los cuales se radique la denuncia, independientemente de su competencia, tendientes a brindar protección, en materia económica, a preservar los bienes gananciales o los comunes de la pareja conviviente: inventario de los bienes conyugales y de los bienes propios; y la prohibición de enajenar, disponer, destruir, ocultar o trasladar los mismos. También otorga el uso exclusivo a la mujer por el período que estime conveniente del mobiliario de la casa.

Según argumentó la diputada Claudia Prince, el respaldo parlamentario a la propuesta representa "un gran paso para que definitivamente la violencia familiar se enfoque como cuestión pública en la que el Estado debe intervenir para prevenirla y erradicarla". "Por eso este proyecto viene a saldar deudas pendientes como el funcionamiento articulado de poderes, en lo  público y lo privado, intra e interinstitucional, interdisciplinario y con enfoque de género, para un abordaje integral e integrado de la problemática", enumeró la legisladora.

Entre otros aspectos, la iniciativa incorpora la figura de asistencia protectora  de la víctima, al permitir la presencia de un/a acompañante durante todo el proceso. Por su parte, queda definitivamente aclarada la característica de la audiencia a la que debe convocar el juez o jueza interviniente: debe tomarse personalmente bajo pena de nulidad y quedan prohibidas las audiencias de mediación o conciliación. En cuanto a  prueba, principios y medidas, rige el principio de la amplia libertad probatoria para acreditar los hechos denunciados y la evaluación, de acuerdo al principio de la sana crítica.