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| 05-11-2017 | CONGRESO | |||
| Diputados trata el mi茅rcoles mayores penas a la corrupci贸n empresaria | |||
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Tambi茅n tiene previsto tratar la suspensi贸n de los desalojos -por cuatro a帽os- de las tierras que ocupan las comunidades ind铆genas. Si bien hace 15 d铆as la C谩mara baja sesion贸 para votar el desafuero del ex ministro de Planificaci贸n, Julio de Vido, no debate leyes desde el 13 de septiembre cuando aprob贸 un proyecto sobre energ铆as renovables consensuado en la comisi贸n que dirig铆a -precisamente- el legislador tambi茅n suspendido del bloque justicialista. Con las detenciones de De Vido y del ex vicepresidente Amado Boudo como tel贸n de fondo, el primer tramo de la sesi贸n se caracterizar谩 por un debate porque el kirchnerismo insistir谩 en denunciar la "falta de un estado de derecho" y eso probablemente generar谩 cruces sobre el desempe帽o de los jueces en los 煤ltimos a帽os. El interbloque Cambiemos, que conduce el radical Mario Negri, prev茅 un comienzo pol茅mico pero no una larga sesi贸n. Porque en el caso de las penas para los empresarios corruptos -el proyecto de ley de responsabilidad empresaria-, quedar谩 aceptar o rechazar las incorporaciones al proyecto realizadas por el Senado, previa firma el martes del despacho de comisi贸n. En tanto, la pr贸rroga a las suspensiones de los desalojos tiene amplio consenso. La presidenta de la Comisi贸n de Legislaci贸n Penal, Gabriela Burgos, adelant贸 que el martes a la tarde se emitir谩 dictamen favorable al proyecto para penalizar la corrupci贸n empresaria porque "la intenci贸n es poder convertir en ley el proyecto con los cambios introducidos por el Senado en la sesi贸n del mi茅rcoles". Diputados avalar谩 los cambios introducidos por el Senado, que elimin贸 el art铆culo que establec铆a la imprescriptibilidad de estos delitos, equipar谩ndolos con los de lesa humanidad, y limit贸 las causales por las cuales pod铆an ser investigados funcionarios y empresarios. Estableci贸 que se podr谩n investigar los delitos de cohecho (pago de coimas); tr谩fico de influencias nacional o transnacional; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones p煤blicas; concusi贸n (exacciones ilegales); enriquecimiento il铆cito de funcionarios y empleados; y falsificaci贸n de balances. De esta manera, las empresas ser谩n responsables por esos delitos cuando "hubieren sido realizados, directa o indirectamente, con su intervenci贸n o en su nombre, inter茅s o beneficio", y quedar谩n exentas "s贸lo si la persona humana que cometi贸 el delito hubiere actuado en su exclusivo beneficio y sin generar provecho alguno" para la compa帽铆a. La multa para la compa帽铆a se establece en dos a cinco veces la ganancia que logre a partir de su conducta delictiva. La pena se ir谩 incrementando hacia la suspensi贸n parcial o total de la actividad, que no podr谩 exceder los diez a帽os; la suspensi贸n para participar de concursos de servicios p煤blicos, tambi茅n por diez a帽os; y la disoluci贸n de la personer铆a cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisi贸n del delito. Habr谩 eximici贸n de pena cuando concurran tres cuestiones: que espont谩neamente la empresa haya denunciado un delito previsto en la ley como consecuencia de una actividad de detecci贸n interna; que se hubiera implementado un sistema de control adecuado, conocido como programa de integridad o "compliance"; y que se hubiera devuelto el beneficio indebido obtenido. De esta manera, la Argentina cumplir谩 con un requisito de la Organizaci贸n para la Cooperaci贸n y el Desarrollo Econ贸mico (OCDE), que pidi贸 una norma que apunte al costado empresario de a corrupci贸n. Hoy el C贸digo Penal contempla penas solamente para personas f铆sicas pero no para personas jur铆dicas, con lo cual una empresa involucrada en un hecho de corrupci贸n puede seguir operando sin ninguna consecuencia. En tanto, hasta este fin de semana el oficialismo cre铆a tener asegurada la votaci贸n del dictamen que establece una nueva pr贸rroga a la aplicaci贸n de la Ley de Tierras Ind铆genas, para impedir los desalojos de las comunidades abor铆genes sometidas a procesos judiciales. Tambi茅n, se votar铆a un convenio sobre el ciberdelito. La ley 26.160, sancionada en 2006, declara -en todo el territorio nacional y por cuatro a帽os- la emergencia en materia de posesi贸n y propiedad de tierras que ocupan las comunidades ind铆genas, cuya personer铆a jur铆dica estuviese debidamente registrada ante el Registro Nacional de Comunidades Ind铆genas. La aplicaci贸n de la ley ya fue suspendida dos veces: en 2009 y en 2013. |