Secretario de Jurado de Enjuiciamiento de Jueces:”no hay persecución a Arias y habrá más juicios antes de fin de año”
21-12-2025
03-11-2017 | ACLARACIÓN FRENTE A LA POLÉMICA
Secretario de Jurado de Enjuiciamiento de Jueces:”no hay persecución a Arias y habrá más juicios antes de fin de año”
Ulises Giménez, dijo que el juez en lo contencioso administrativo de La Plata fue suspendido por "con el voto unánime de los 10 miembros del jurado y con 21 cargos imputados". Descartó intencionalidad política y precisó que no hay plazo para expedirse. 

El titular de la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionario del Poder Judicial, Ulises "Coco" Giménez, aseguró que el juez en lo contencioso administrativo de La Plata, Luis Arias, fue suspendido por "el voto unánime de los 10 miembros y con 21 cargos imputados", por lo cual "acá no hay ninguna persecución" como argumenta el magistrado.

Para Giménez, "no corresponde de ningún modo" el argumento de una supuesta persecución que dijo públicamente Arias a periodistas, porque "acá la suspensión fue resuelta por unanimidad de los 10 miembros del jurado con un pronunciamiento de 251 fojas probando irregularidades en 21 imputaciones en su contra".

El funcionario dijo que "acá no hay lugar para las suspicacias y en lo personal no me constan". Sobre la supuesta avanzada del gobierno contra los jueces, que argumentan sectores de la oposición, Giménez señaló que "tampoco corresponde el análisis toda vez que se trata de una resolución de acusaciones iniciadas en el gobierno anterior" contra Arias.

Del mismo modo, consideró "correcto" que el jurado de enjuiciamiento tenga entre sus integrantes a legisladores que terminan su mandato en diciembre, porque "su función y legitimidad se mantiene por el período" por el cual fueron electos, hasta el 7 diciembre.  

De hecho, Giménez deslizó que habrá otras suspensiones de jueces, al revelar que "en diciembre comienza un receso, por lo cual estamos tratando de adelantar todos los jurys posibles antes del recambio legislativo, así que habrá nuevos casos".

De vuelta en el caso de Arias, el titular del organismo de enjuiciamiento descartó "totalmente" que haya influido en la suspensión el hecho de que el juez haya firmado recientemente junto a otros funcionarios judiciales una solicitada con duras críticas a los gobiernos nacional y provincial, motivo por el cual había pedido someterlo a jury el diputado de Cambiemos Guillermo Castello.

También descartó que en las imputaciones hayan influido los los sucesivos amparos resueltos por Arias contra los aumentos de las tarifas eléctricas en la región, que le mereció la animosidad con algunos funcionarios. "Es importante dejar en claro que ninguna de las imputaciones tiene que ver con ese tema", apuntó.

Luego de insistir en que Arias acumula "21 cargos, el pedido de un fiscal y una denuncia de la Procuración" que promovieron la suspensión, Giménez detalló que "los cargos más fuertes que se le imputan es abuso de poder, prevaricato en cumplimiento de deberes de funcionario público en hechos acaecidos en tragedia de las inundaciones de 2013, las faltas e irregularidades en su desempeño".

"Entre los casos más salientes está interferir en decisiones de otros jueces. Intervención en el desalojo de 520 y 215 de Abasto sobre la decisión dada por otro magistrado. Otra en la que impide traslado de un detenido y así otros errores procedimentales", agregó Giménez en diálogo con periodistas.

El titular del Jurado de juicio explicó que la suspensión de Arias "no tiene un plazo" de extensión, aunque "lo deseable es que concluya lo más rápido posible, con la absolución o la destitución", y todo "dependerá de la complejidad de la causa y el trabajo que demande el proceso".

Al respecto, agregó: "El artículo 300 del Código Penal establece que cuando hay un requerimiento por un delito cometido por algún magistrado, hay que darle tratamiento para que ese organismo suspenda al funcionario para tomarle la indagatoria. Es decir, que ahora queda a disposición del fiscal que lo requirió. Ahora viene la intervención de las partes con su descargo y pruebas para la decisión final".

Precisó que "ahora comienza una etapa intermedia del proceso, la suspensión para inicio de jury es la parte gravosa de aval de los cargos" y añadió que "el fallo por unanimidad en esta instancia no anticipa la remoción, pues he visto algunos casos en los que ha derivado en una absolución".

"No se trata de una ironía, pero la suspensión per se no es destitución y condena. Comienza el juicio oral, con la declaración de testimonios, pruebas y descargos respectivos que se meritúan. Por eso debemos esperar y ser cautelosos. El jurado no tiene plazos para resolver", concluyó el titular del jurado de enjuiciamiento a magistrados.