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21-04-2017 | AFIP | |||
Vence el plazo para cargar en la web las deducciones del impuesto a las Ganancias | |||
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El plazo para la carga de deducciones del Impuesto a las Ganancias, Cuarta CategorÃa correspondiente al perÃodo fiscal 2016, vence mañana, recordó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esta obligación deberá ser cumplida por contribuyentes jubilados y empleados en relación de dependencia alcanzados por el impuesto a las ganancias. Para informar los conceptos a deducir se debe ingresar a la página web de la AFIP, (www.afip.gob.ar) con clave fiscal, al servicio web, "Siradig-Trabajador". Se podrán realizar las siguientes deducciones: • Cónyuge: El trabajador podrá deducir a su cónyuge, siempre que el mismo no perciba ingresos anuales superiores a $42.318,00.- No resultarán computables las uniones convivenciales. El contribuyente podrá descontar $39.778,00 anuales o $3.314,83 mensuales. • Hijos e hijastros: Se podrán deducir aquellos menores de 24 años, siempre y cuando los mismos no perciban ingresos anuales superiores a $42.318,00. El lÃmite de deducción es de $19.889,00, anual, por cada hijo o hijastro; o $1.657,41 mensual.
• Créditos hipotecarios: En caso de poseer créditos hipotecarios, solo corresponderá la deducción de los intereses con un lÃmite anual de $20.000,00.-. • Servicio doméstico: Procede la deducción del personal de servicio doméstico por parte de su empleador, únicamente si se encuentra registrado ante AFIP. Los conceptos a deducir deberán ser cargados de manera mensual hasta un tope de $42.318,00 anual. • Otras deducciones: Medicina prepaga: hasta el lÃmite del 5% de la ganancia neta anual. Gastos y honorarios médicos: hasta el 40% de lo facturado no reintegrado por la prestadora y mientras que dicho importe no supere el 5% de la ganancia neta anual. Gastos de sepelio: tope de $ 996,23 anual. Seguro de vida: lÃmite de $ 996,23 anual. Aportes jubilatorios: aquellos que no estén incluidos en el sueldo. Donaciones: el monto máximo es el equivalente a 5% de la ganancia neta anual. |