La defensa de Pedraza recusó a los jueces de la Corte y pidió anular el fallo que ratificó la condena a prisión
05-08-2025
18-11-2016 | CASO MARIANO FERREYRA
La defensa de Pedraza recus贸 a los jueces de la Corte y pidi贸 anular el fallo que ratific贸 la condena a prisi贸n
Las defensas de Jos茅 Pedraza y de otros condenados por el asesinato de Mariano Ferreyra, cometido en 2010 pidieron la nulidad del fallo del alto tribunal que esta semana ratific贸 las penas de entre 8 y 18 a帽os de prisi贸n que les hab铆an aplicado.

Los letrados de los condenados argumentaron que no rige en causas penales el art铆culo 280 del C贸digo Procesal Civil y Comercial de la Naci贸n, seg煤n el cual la Corte puede desestimar recursos que considere insustanciales, carentes de trascendencia o sin suficiente agravio federal, mediante la simple invocaci贸n de esa norma.

Con la firma de Ricardo Lorenzetti (presidente), Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte rechaz贸 los recursos "de queja" de Pedraza y otros 11 condenados por el homicidio de Ferreyra, cometido en octubre de 2010 durante una protesta de trabajadores tercerizados del ferrocarril Roca que exig铆an su pase a planta.

De esa manera, qued贸 firme el fallo de la Sala III de la C谩mara Federal de Casaci贸n Penal que en setiembre de 2015 confirm贸 (y agrav贸 en algunos casos) las condenas que el Tribunal Oral en lo Criminal 21 impuso en 2013 a los acusados por el asesinato de Ferreyra, joven militante el Partido Obrero, y por lesiones a Elsa Rodr铆guez.

La sentencia firme conden贸 a 15 a帽os de prisi贸n a Pedraza y a su segundo Juan Carlos Fern谩ndez, a 18 a帽os a Cristian Favale y Gabriel S谩nchez y a penas de entre ocho y once a帽os a los otros acusados.

Seg煤n argumentaron defensores de los acusados, en la 贸rbita penal, el art铆culo 280 del C贸digo Procesal en lo Civil y Comercial de la Naci贸n "es inconstitucional" porque viola, afirmaron, la garant铆a de defensa en juicio.

En este marco, recusaron a los jueces de la Corte porque, a su criterio, "ya han emitido juicio en estas actuaciones, al manifestar absoluto desinter茅s" en el tratamiento de los recursos de queja presentados por las defensas de los condenados.