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| 22-06-2016 | Intendentes, legisladores, concejales y consejeros escolares | |||
| La Cámara de Diputados bonaerense aprobó el lÃmite a las reelecciones de candidaturas en la Provincia | |||
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La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aries, que preside Jorge Sarghini, dio el primer paso de una anunciada reforma polÃtica que por el momento sólo se refirió a establecer lÃmites a las reelecciones de los legisladores, intendentes, concejales y consejeros escolares.
Al cabo de un extenso debate que incluyó algunos cruces entre los distintos bloques, la Cámara de Diputados bonaerense aprobó el proyecto de ley que pone fin a las reelecciones indefinidas de intendentes, legisladores, concejales y consejeros escolares.
De acuerdo con la iniciativa, que lleva la firma de los massistas Rubén Eslaiman, Ramiro Gutiérrez y Lisandro Bonelli, y del radical Alejandro Armendáriz, los jefes comunales, los diputados y senadores, los concejales y los consejeros escolares sólo podrán cumplir dos perÃodos consecutivos. Luego de una reelección, no podrán ser elegidos en el mismo cargo si no es con un intervalo de un perÃodo.
Además, prevé que los mandatos actuales de los intendentes, concejales y legisladores serán computados como primer perÃodo, por lo que, de ser convertido este proyecto en ley, podrán proponerse sólo por un nuevo mandato consecutivo.
El lÃmite a las reelecciones indefinidas fue impulsado por el propio Sergio Massa, quien acordó con la gobernadora MarÃa Eugenia Vidal el acompañamiento del oficialismo para que logre avanzar en la Legislatura.
Durante el debate, el bloque del FpV, de 16 integrantes, solicitó autorización para abstenerse y el miembro de la bancada rotativa del FIT no acompañó la iniciativa que sà hicieron los bloques de Cambiemos, el FR, el PJ-FpV, el PpV-FpV, el GEN, Justicialismo Bonaerense y Peronismo Bonaerense.
Cabe destacar que el proyecto propone modificar el tres artÃculos del Decreto Ley N° 6769/58, "Ley Orgánica de las Municipalidades", el 3, 7 y 92; el 148 de la Ley 13.688 y sus modificatorias, Ley de Educación; e incorpora a la Ley N° 5109, ley electoral, el artÃculo 13° bis. Además tiene cuatro artÃculos que funcionan como disposiciones transitorias y aclaraciones puntuales.
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