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| 22-04-2016 | Histórico | |||
| Griesa autoriz贸 pagos y Argentina sali贸 del default | |||
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El gobierno nacional formaliz贸 la salida del default declarado por las 煤ltimas horas de diciembre de 2001, con la presidencia de Adolfo Rodr铆guez Sa谩, luego de publicar en el Bolet铆n Oficial la emisi贸n de 16.500 millones de d贸lares en bonos, de los cuales 9.300 millones son para cancelar con los 煤ltimos acreedores externos. Esto fue complementado desde los Estados Unidos con la decisi贸n del juez de Nueva York, Thomas Griesa, que levant贸 finalmente las medidas cautelares que pesaban sobre Argentina, para que pueda efectivizarse el pago a todos los acreedores. Primeramente, la Resoluci贸n 146 del ministerio de Hacienda y Finanzas fue publicada en el Bolet铆n Oficial consignando los detalles de la operatoria. Se design贸 al Deutsche Bank Securities Inc; HSBC Securities en su sucursal estadounidense; JP Morgan Securities LLC y Santander Investment Securities como coordinadores globales y colocadores conjuntos. Al mismo tiempo, fue nombrado el BBVA Securities, al Citigroup Global Markets y al UBS Securities LLC como colocadores conjuntos, los que junto con los coordinadores globales estar谩n a cargo de las operaciones de emisi贸n. Tambi茅n se design贸 para la emisi贸n a The Bank of New York Mellon como agente de liquidaci贸n, fiduciario y agente de pago y agente de listado en el gran ducado de Luxemburgo. Adem谩s, Argentina se har谩 cargo de los honorarios y gastos para The Bank of New York Mellon por sus tareas como agente de fideicomiso de liquidaci贸n, fiduciario y agente de pago; tambi茅n afrontar谩 los gastos de registraci贸n, impresi贸n, distribuci贸n de prospectos, traducci贸n y otros desembolsos asociados que resulten necesarios para llevar a cabo las operaciones. La contrataci贸n de los bancos se incluyen cl谩usulas de acci贸n colectiva (CAC) que permiten acordar una reestructuraci贸n de deuda con una mayor铆a de bonistas, a la que quedan sujetos todos los tenedores de bonos, inclusive los que rechazan la operaci贸n. En la resoluci贸n, se establece "la pr贸rroga de jurisdicci贸n a favor de tribunales extranjeros y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente, respecto a reclamos en la jurisdicci贸n que se prorrogue y con relaci贸n a los acuerdos que se suscriban y a las emisiones de deuda p煤blica que se realicen". La condici贸n para esta pr贸rroga es "que se incluyan las denominadas 'cl谩usulas de acci贸n colectiva' y cl谩usula de 'pari passu', de conformidad con las pr谩cticas actuales de los mercados internacionales de capitales", aclara el texto. Adem谩s, se establecieron cl谩usulas de acci贸n colectiva para limitar el poder de los fondos buitres que no aceptaron la nueva reestructuraci贸n en futuros acuerdos. |