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01-12-2014 | Perspectiva de género | |||
El Consejo Nacional de las Mujeres celebr贸 la "exclusi贸n por indignidad" a Ricardo Barreda | |||
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Desde el CNM felicitaron al Juzgado en lo Civil y Comercial 17 del Departamento Judicial La Plata, encabezado por la jueza Sandra Grahl, por la sentencia que establece declararlo excluido de la herencia de bienes familiares por una "causal objetiva de indignidad", prevista en el art铆culo 3291 del C贸digo Civil. "La incorporaci贸n de la perspectiva de g茅nero en su fundamentaci贸n, reconociendo a la violencia de g茅nero como una violaci贸n a los derechos humanos de las mujeres, permiti贸 una apertura novedosa y ejemplar dentro del denominado Derecho Privado", se帽alaron. De este modo, la jueza Grahl construy贸 una sentencia que "logr贸 impartir justicia integralmente para todas las v铆ctimas de esta hist贸rica masacre de mujeres, para sus familiares y para la sociedad toda". "Todos los poderes del Estado tienen la obligaci贸n de promover la eficacia del principio reparatorio interpretando todas las normas del derecho en su conjunto y de manera integral, particularmente, y m谩s a煤n, cuando las v铆ctimas ya no tienen oportunidad alguna de defenderse", precisaron. Cabe recordar que, en el caso Barreda, los asesinatos ocurrieron el 15 de noviembre de 1992 en la casona de 48 entre 11 y 12 de La Plata, cuando Barreda mat贸 con disparos de escopeta a su esposa Gladys McDonald (57), su suegra Elena Arreche (86) y sus dos hijas Cecilia (26) y Adriana (24). fq |