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| 23-09-2014 | Por "jerarquización" Empleo Público | |||
| FEGEPPBA con reclamos al Ejecutivo provincial | |||
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La Federaci贸n de Gremios Estatales y Particulares de la Provincia de Buenos Aires (FEGEPPBA), a trav茅s de dos comunicados sent贸 posici贸n ante la convocatoria del gobierno provincial para debatir la jerarquizaci贸n del empleo p煤blico (ley 10430) y realiz贸 reclamos por reclam贸 a las autoridades provinciales la actualizaci贸n de vi谩ticos, movilidad y adicional por guarder铆a.
Los mismos est谩n refrendados por el mandam谩s de SOSBA, Julio Castro en su car谩cter de secretario general de FEGEPPBA, acompa帽ado por Miguel Zubieta, secretario adjunto y Jorge Baldovino, secretario gremial.
Julio Castro, al momento de la difusi贸n de los comunicados "hizo especial hincapi茅 en que los reclamos referidos a la jerarquizaci贸n del Empleo, son de suma importancia para los Trabajadores estatales bonaerenses".
Los Comunicados
FEGEPPBA ante la convocatoria del gobierno provincial para debatir la jerarquizaci贸n del empleo p煤blico (ley 10430)
El pasado 18 de setiembre se realiz贸 en el 谩mbito de negociaci贸n colectiva del MTySS de la provincia una reuni贸n convocada para fijar posici贸n y discutir las reformas necesarias a la Ley 10430 denominada por el Gobierno bonaerense como "Jerarquizaci贸n del Empleo P煤blico", donde la representaci贸n de nuestra Federaci贸n comunic贸 la postura establecida oportunamente en el Consejo Ejecutivo.
En tal sentido se preciso que los Gremios adheridos a Fegeppba propon铆a prioritariamente las siguientes pautas generales:
a) Urgente recategorizaci贸n para el personal que no ha tenido movimiento en su carrera administrativa en los 煤ltimos dos a帽os, cuyo 煤ltimo antecedente data del a帽o 2007.
b) Establecer una nueva "Ley Marco del Empleo P煤blico provincial" dirigida a establecer en t茅rminos generales la relaci贸n de empleo entre el Estado y los Trabajadores, disponiendo la concreci贸n de Convenios Colectivos de Trabajo de car谩cter sectorial para atender las distintas realidades laborales, tanto funcionales como escalafonarias, en un todo de acuerdo con los establecido en los Arts. 14/17 de la Ley 13453 (Art. 39掳 de la Constituci贸n de la Provincia de Buenos Aires).
c) La agilizaci贸n del pase a planta permanente de los trabajadores que revistan como temporarios -u otras formas contractuales precarias- y que tengan dos a帽os o m谩s en dicha situaci贸n, la que deber谩 concretarse 铆ntegramente en todas las jurisdicciones antes de 31 de Diciembre de 2014.
d) Reclamar que en el Presupuesto del a帽o 2015, el Instituto de Previsi贸n Social retome las facultades legales para administrar presupuestariamente los fondos aportados por los Trabajadores y el Estado, como fuera norma corriente hasta el a帽o 2008.
Estas reivindicaciones de la Federaci贸n provincial, con representaci贸n mayoritaria de los Trabajadores Estatales, es coherente con las hist贸ricas posturas de juristas y expertos que han sostenido la necesaria evoluci贸n del empelo p煤blico hacia normas modernas y 谩giles que permitan recomponer la carrera administrativa, posibilitar el crecimiento personal y profesional de los Trabajadores, recuperar el servicio p煤blico que debe prestar el Estado y crear las condiciones para renovar en forma criteriosa los Planteles de personal.
FEGEPPBA reclam贸 a las autoridades provinciales la actualizaci贸n de vi谩ticos, movilidad y adicional por guarder铆a
La Federaci贸n de Gremios Estatales y Particulares de la Provincia de Buenos Aires inici贸 gestiones ante las m谩s altas Autoridades del Gobierno bonaerense, reclamando la necesidad de actualizar en lo inmediato las sumas que se abonan en concepto de "Vi谩tico y Movilidad", as铆 como tambi茅n del "Adicional por Guarder铆a" que se encuentra vigentes en su actual monto desde marzo de 2011 (Decreto 533).
En tal sentido, se precis贸 que tales valores fueron pr谩cticamente pulverizados por los efectos inflacionarios de los pasados tres a帽os y medio, dejando a los Trabajadores que deben realizar sus desplazamientos por razones de servicio en una situaci贸n de desamparo por la imposibilidad de cubrir los gastos m铆nimos tanto de alojamiento y alimentaci贸n, cuanto de transporte y otros rubros inevitables a sufragar.
De igual forma, el actual pago en concepto de "Adicional por Guarder铆a", de $ 569,23, apenas cubre la cuarta parte del arancel que en general se debe abonar para contar con dicho servicio en forma particular (debi茅ndose contemplar que en algunas zonas de la Provincia los costos son mayores a los de la regi贸n capital).
En tal sentido, esperamos que los funcionarios responsables de estudiar y establecer las medidas solicitadas por FEGEPPBA, promuevan su modificaci贸n para evitar se contin煤e la distorsi贸n de costos que hoy impiden el normal desenvolvimiento de los Trabajadores a quienes se encomienda el traslado y la ejecuci贸n de tareas en el {谩mbito territorial de la provincia, y de igual forma se restituya el poder adquisitivo del salario a quienes se ven obligados a recurrir a servicios de Jard铆n Maternal o Guarder铆a por carencia del estado en los institutos oficiales o contratados al efecto.
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