|
|
|||
| 27-09-2013 | en todo territorio bonaerense | |||
| OCEBA: "Los concesionarios deber谩n permitir en todos los locales de atenci贸n al p煤blico el cobro de las facturas del servicio el茅ctrico" | |||
|
|||
|
El Organismo de Control de Energ铆a El茅ctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA), determin贸, mediante la Resoluci贸n 240, que los Concesionarios Provinciales y Municipales de la provincia de Buenos Aires deber谩n permitir, en todos los locales de atenci贸n al p煤blico, el cobro de las facturas que se emitan por cualquier concepto relacionado con el servicio p煤blico de distribuci贸n de energ铆a el茅ctrica, abarcando a todo el universo de usuarios, bajo apercibimiento de la aplicaci贸n de las sanciones correspondientes.
Esto se realiza para salvaguardar los derechos de los usuarios a realizar sus tramitaciones de forma integral y de esta manera cumplir con el principio constitucional de calidad y eficiencia en los servicios p煤blicos.
Tambi茅n la Resoluci贸n remarca que los restantes lugares o medios de pago (Bancos, canales de cobranza extrabancarios - Bapro, Rapipagos, Pago F谩cil, otros- Cajeros Autom谩ticos, Pagos a trav茅s de Internet, Sistema de D茅bito Directo, Sistema de pago con tarjeta de cr茅dito, otros lugares o medios de pago habilitados) son establecidos en beneficio del usuario, resultando ser lugares alternativos de pago y que en modo alguno excluyen el pago en los locales de Atenci贸n al P煤blico siendo en definitiva lo que cuentan con capacidad, preparaci贸n, organizaci贸n y especializaci贸n para brindar atenci贸n al usuario con relaci贸n al servicio p煤blico de distribuci贸n de energ铆a el茅ctrica y los que se encuentran sujetos a la supervisi贸n y control del OCEBA.
En ese sentido, este Organismo de Control, a trav茅s de la Gerencia de Control de Concesiones, realiz贸 un relevamiento tendiente a constatar si los Concesionarios Provinciales y Municipales aceptan, en los locales de atenci贸n al p煤blico, el pago de facturas por consumo de energ铆a el茅ctrica como, asimismo, cobranzas en general relacionadas con los distintos rubros que est谩n habilitadas a percibir.
Tras haberse realizado dicho relevamiento, se pudo constatar que no todos los Concesionarios Provinciales y Municipales brindan esa posibilidad, que algunos lo hacen pero excluyen el cobro de las facturas no vencidas, que otros s贸lo cobran en efectivo y en casos excepcionales solo perciben el pago de facturas de grandes clientes, avisos de suspensi贸n y obras.
Cabe se帽alar que uno de los ejes principales de la regulaci贸n p煤blica, en materia de distribuci贸n de energ铆a el茅ctrica se encuentra constituido por las metas de calidad del servicio; y que tal regulaci贸n tiende a ajustar o equilibrar los niveles de calidad teniendo como objetivo la protecci贸n de los usuarios, principalmente a aquellos usuarios que tienen una reducida capacidad de actuaci贸n.
Asimismo, la calidad del servicio re煤ne tanto el aspecto t茅cnico como el comercial, comprendiendo la calidad del producto t茅cnico suministrado, la calidad del servicio t茅cnico prestado y la calidad del servicio comercial, y para lograr el cumplimiento de los par谩metros de calidad del servicio comercial, las concesionarias deben extremar sus esfuerzos para brindar a sus usuarios una atenci贸n comercial satisfactoria, para facilitar as铆 las tramitaciones.
Consecuentemente, el canal de comunicaci贸n por excelencia entre los usuarios y la Concesionaria, con relaci贸n a la tramitaci贸n y resoluci贸n integral de todos los aspectos relacionados con la prestaci贸n del servicio p煤blico de distribuci贸n, lo constituyen los locales de atenci贸n al p煤blico, ya que en ellos, la atenci贸n, para ser satisfactoria, debe ser integral pudiendo el usuario realizar todas las tramitaciones vinculadas a la prestaci贸n del servicio p煤blico, siendo 茅ste el lugar principal y natural de pago de las facturas emitidas por todos los conceptos tarifarios o cargos correspondientes (facturas en t茅rmino, facturas complementarias, facturas en mora con sus respectivos intereses en cualquier plazo que se encontrasen -primer vencimiento, segundo vencimiento, otros; dep贸sito en garant铆a; servicio de rehabilitaci贸n (para servicio interrumpido por falta de pago); cargo por servicio de conexi贸n - conexiones a茅reas (monof谩sicas o trif谩sicas); conexiones subterr谩neas (monof谩sicas o trif谩sicas - cargo por habilitaci贸n de suministros conjuntos de peque帽a demanda.
|