Causa Once: De Vido apeló el fallo que le había negado la prisión domiciliaria
07-01-2026
06-01-2026 | PENAL DE EZEIZA
Causa Once: De Vido apel贸 el fallo que le hab铆a negado la prisi贸n domiciliaria
El juez federal Ricardo Basil铆co hab铆a rechazado otorgarle el beneficio.

El ex ministro de Planificaci贸n Federal Julio De Vido pidi贸 otra vez el beneficio de la prisi贸n domiciliaria por problemas de salud y por su edad para cumplir su condena de cuatro a帽os de prisi贸n por la tragedia de Once.

La intenci贸n del ex titular de la cartera de Planificaci贸n Federal durante la gestiones de N茅stor Kirchner y Cristina Kirchner era dejar el penal de Ezeiza y proseguir su prisi贸n en su chacra de la localidad bonaerense de Z谩rate.

Hace diez d铆as, el juez federal Ricardo Basil铆co rechaz贸 otorgarle la detenci贸n domiciliaria al considerar que est谩 en condiciones de continuar en la unidad 19 de Ezeiza, ya que sus afecciones pueden ser monitoreadas sin problemas desde all铆 mismo.

Ahora, los abogados de De Vido, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, volvieron a la carga con el pedido de domicilairia al apelar el fallo de Bas铆lico, seg煤n pudo cinfirmar la Agencia Noticias Argentinas de fuentes judiciales.

C贸mo sigue

El pedido deber谩 ser analizado por la C谩mara Federal de Casaci贸n Penal durante la feria judicial de enero, ya que se trata de un tema vinculado a una detenci贸n.

De Vido est谩 preso desde el 13 de noviembre pasado cuando se present贸 en los tribunales de Comodoro Py para comenzar a cumplir su condena que la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n dej贸 firme por la tragedia ferroviaria de Once, ocurrida el 12 de febrero de 2012 cuando un tren de la l铆nea Sarmiento choc贸 tras no haber podido frenar cuando arribaba a la estac铆on cabecera y 51 personas perdieron la vida.

El ex funcionario cumpli贸 76 a帽os en la prisi贸n en Ezeiza y alega que esa edad m谩s sus problemas por diabetes son motivo suficiente para que la Justicia deba otorgarle la domiciliaria.

"Ha transcurrido un lapso superior a un mes sin que se haya verificado episodio alguno en el estado de salud del causante que tornara necesaria su derivaci贸n al Hospital Penitenciario Central o a un establecimiento asistencial extramuros, circunstancia que permite inferir que, en su actual 谩mbito de alojamiento, se le brindan las prestaciones terap茅uticas adecuadas para sostener la estabilidad de su cuadro cl铆nico", sostuvo el juez Bas铆lico hace dos semanas.(NA)