El Gobierno promulgó las leyes de financiamiento universitario y pediátrico, pero postergó su aplicación
07-11-2025
21-10-2025 | BOLETÍN OFICIAL
El Gobierno promulg贸 las leyes de financiamiento universitario y pedi谩trico, pero posterg贸 su aplicaci贸n
Lo hizo a trav茅s de dos disposiciones publicadas en el Bolet铆n Oficial. La suspensi贸n rige hasta que el Congreso asigne fondos en el presupuesto.

El Gobierno Nacional promulg贸 las leyes de Financiamiento Universitario (Ley 27795) y Emergencia Pedi谩trica (Ley 27796), pero suspendi贸 su aplicaci贸n hasta que el Congreso de la Naci贸n delimite el financiamiento e incluya las partidas en el Presupuesto Nacional.

A trav茅s de dos decretos, el 759/2025 y el 760/2025, publicados en el Bolet铆n Oficial, el Poder Ejecutivo pospuso la aplicaci贸n de ambas legislaciones, ratificadas por la C谩mara de Diputados y de Senadores pese al veto del presidente Javier Milei, pero suspendida al argumentar el impacto fiscal que genera.

En la letra ambos decretos se establece que la promulgaci贸n tiene lugar 鈥渟in perjuicio de lo dispuesto por el art铆culo 5 de la Ley 24.629鈥, que detalla que 鈥渢oda ley que autorice o disponga gastos deber谩 prever en forma expresa el financiamiento de los mismos鈥. "En caso contrario quedar谩 suspendida su ejecuci贸n hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional鈥, aclara.

La Ley de Financiamiento de la Educaci贸n Universitaria y Recomposici贸n del Salario Docente apuesta a 鈥済arantizar la protecci贸n y el sostenimiento del financiamiento de la educaci贸n universitaria p煤blica en todo el territorio de la Rep煤blica Argentina鈥.

En el articulado establece la actualizaci贸n autom谩tica de los gastos de financiamiento en base a la variaci贸n acumulada del 脥ndice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estad铆stica y Censos (INDEC).

Por su parte, remarca que la Auditor铆a General de la Naci贸n deber谩 realizar un control externo de las universidades que remitir谩 al Congreso de la Naci贸n.

En el art铆culo nueve, sostiene que el Poder Ejecutivo 鈥渄ispondr谩 los cr茅ditos presupuestarios para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios y en consecuencia a ello, la adecuaci贸n de partidas presupuestarias a fin de actualizar al 1潞 de enero de 2025 el presupuesto correspondiente a las universidades p煤blicas, sin impactar sobre la distribuci贸n de la coparticipaci贸n federal de impuestos a las provincias ni a los aportes del Tesoro nacional鈥.

鈥淟a presente ley podr谩 financiarse con los incrementos de ingresos corrientes recaudados por encima de los montos presupuestados (o prorrogados) como ingresos鈥, asevera.

Por otra parte, la Ley que declara la emergencia sanitaria de la salud pedi谩trica y de las residencias nacionales en salud, en el plazo de un a帽o, establece la asignaci贸n prioritaria e inmediata de recursos presupuestarios destinados a bienes de uso y consumo, insumos cr铆ticos, mantenimiento de infraestructura, medicamentos, vacunas, tecnolog铆as m茅dicas y personal esencial afectado al cuidado y atenci贸n pedi谩trica,

Tambi茅n decreta la recomposici贸n inmediata de los salarios del personal de salud, asistencial y no asistencial; y se prev茅 la exenci贸n del impuesto a las ganancias para el personal de salud que se desempe帽e en efectores p煤blicos y privados cuando realice actividades cr铆ticas, horas extras o guardias.

Asimismo, declara al Garrahan como hospital de referencia nacional en la atenci贸n pedi谩trica de alta complejidad y garantiza 鈥渟u funcionamiento pleno y sostenido鈥.

El art铆culo cinco del decreto establece: 鈥淓l Poder Ejecutivo nacional reasignar谩 partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Salud, dentro del ejercicio fiscal vigente, y podr谩 ampliar los recursos mediante el uso de reservas destinadas a contingencias sanitarias鈥.

Adem谩s, se crea una comisi贸n de seguimiento y evaluaci贸n que entregar谩 informes trimestrales y ser谩 integrada por las autoridades de la Comisi贸n de Acci贸n Social y Salud P煤blica de la C谩mara de Diputados, y de la Comisi贸n de Salud del Senado, representantes del Ministerio de Salud de la Naci贸n, representantes del COFESA y representante de la Sociedad Argentina de Pediatr铆a.

鈥淢ientras dure la emergencia, los programas y acciones de salud infantil y adolescente tendr谩n prioridad en la asignaci贸n y ejecuci贸n presupuestaria, en particular en relaci贸n con hospitales p煤blicos de referencia, servicios de urgencia, internaci贸n, neonatolog铆a, trasplantes, cirug铆as card铆acas, oncolog铆a pedi谩trica", concluye.