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07-07-2025 | BOLETÍN OFICIAL | |||
El Gobierno cre贸 la Agencia de Control de Concesiones y Servicios P煤blicos de Transporte | |||
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El Gobierno nacional resolvi贸 disolver la Comisi贸n Nacional del Tr谩nsito y la Seguridad Vial, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Direcci贸n Nacional de Vialidad (DNV), y la reorganizaci贸n de la Comisi贸n Nacional de Regulaci贸n del Transporte (CNRT), ambos organismos descentralizados dependientes de la Secretar铆a de transporte del Ministerio de Econom铆a.
La medida se ven铆a anunciando desde hace tiempo, y finalmente comenz贸 a concretarse con un proyecto de decreto que ser谩 publicado en breve en el Bolet铆n Oficial.
El nuevo organismo pasar谩 a denominarse 鈥淎gencia de Control de Concesiones y Servicios P煤blicos de Transporte鈥 y ser谩 la Autoridad de Aplicaci贸n a que refieren todas las normas y actos administrativos que se relacionen con la fiscalizaci贸n de las concesiones viales.
Entre las funciones previstas para el nuevo esquema, se cuentan: fiscalizar el cumplimiento de los contratos de concesi贸n, acuerdos de operaci贸n y permisos de explotaci贸n de los servicios p煤blicos de transporte automotor urbano, suburbano y ferroviario de pasajeros y cargas de jurisdicci贸n nacional, en lo que respecta a las obligaciones contractuales, t茅cnicas y operativas, pudiendo realizar inspecciones in situ y solicitar a los operadores y concesionarios la informaci贸n y documentaci贸n necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
Tambi茅n fiscalizar los contratos de concesi贸n vial, controlando su ejecuci贸n, en coordinaci贸n con el organismo competente en materia de procesos licitatorios, con el fin de asegurar la separaci贸n de funciones entre la fiscalizaci贸n de los contratos y la administraci贸n de procesos licitatorios.
A su vez fiscalizar y controlar los servicios p煤blicos de transporte terrestre de jurisdicci贸n nacional, y sus permisos de explotaci贸n, asegurando condiciones t茅cnicas y de prestaci贸n adecuadas, a fin de garantizar la continuidad del servicio y la seguridad de las personas transportadas.
De la misma manera estar谩 entre sus facultades fiscalizar la adopci贸n por parte de las empresas o concesionarios de las medidas conducentes a la seguridad de los bienes afectados a los servicios ferroviarios, a fin de garantizar su normal prestaci贸n y la protecci贸n de las personas y cosas transportadas.
Aplicar las sanciones previstas en las normas legales relacionadas con los servicios p煤blicos de transporte automotor urbano y suburbano, las concesiones ferroviarias y viales, as铆 como las penalidades fijadas en los contratos de concesi贸n, en caso de incumplimiento de las condiciones all铆 establecidas.
Promover, ante los tribunales competentes, las acciones civiles o penales relativas al 谩mbito de su competencia y asistir a la Secretar铆a de Transporte, a su requerimiento, en todas las materias de su competencia.
Velar por la protecci贸n de los derechos de los usuarios de los servicios p煤blicos de transporte automotor urbano, suburbano y ferroviario de cargas y pasajeros que se desarrollen en jurisdicci贸n nacional, mediante la recepci贸n, gesti贸n y seguimiento de quejas, reclamos y denuncias.
Conducir o encomendar investigaciones t茅cnicas, emitir los informes correspondientes e impulsar acciones o instrucciones de mejora en materia de calidad, eficiencia y seguridad operacional de los servicios de transporte de su 谩mbito de competencia, en coordinaci贸n con los entes p煤blicos intervinientes.
Percibir y fiscalizar el cobro de las tasas, derechos y aranceles por control o fiscalizaci贸n en el marco de sus competencias. La determinaci贸n de las tasas deber谩 realizarse previa intervenci贸n de la Secretar铆a de Hacienda.
Propiciar, cuando corresponda, la suspensi贸n y caducidad de los permisos y licencias otorgados, para su posterior resoluci贸n por parte de la Secretar铆a de Transporte.
Entender en la investigaci贸n de los accidentes ferroviarios que por su significaci贸n, gravedad o particularidades requieran su directa participaci贸n en el an谩lisis y determinaci贸n de hechos, causas y consecuencias, e intervenir en los sucesos ocurridos en los cruces a nivel entre v铆as f茅rreas y calles o caminos.
Requerir el auxilio de la fuerza p煤blica cuando sea necesario para el ejercicio de sus funciones. Resolver los conflictos que se susciten por la implementaci贸n de la modalidad de acceso abierto, en el marco de las concesiones ferroviarias. n. Fiscalizar la ejecuci贸n de los programas de mantenimiento de la infraestructura ferroviaria y del material rodante en el 谩mbito de su competencia.
Entre los fundamentos de la medida se menciona que el Poder Ejecutivo Nacional, puede adoptar medidas como la modificaci贸n o eliminaci贸n de las competencias, funciones o responsabilidades dispuestas legalmente cuyo mantenimiento resulte innecesario; y la reorganizaci贸n, modificaci贸n o transformaci贸n de su estructura jur铆dica, centralizaci贸n, fusi贸n, escisi贸n, disoluci贸n total o parcial, o transferencia a las provincias o a la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires, previo acuerdo que garantice la debida asignaci贸n de recursos.
Todo esto con la finalidad de mejorar el funcionamiento del Estado Nacional y reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal.
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