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12-05-2025 | Cero debate | |||
La Legislatura bonaerense sancionó la ley que establece nuevos plazos electorales en la Provincia | |||
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La Legislatura bonaerense trató el proyecto de ley que modifica los plazos electorales a pedido de la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires. En rigor, la primera en reunirse fue la Cámara de Senadores, que aprobó la iniciativa por unanimidad, “sin debate” y la giró a la Cámara Diputados, que conduce el massista Alexis Guerrera, donde fue sancionada, también sin debate y con la sola abstención de la bancada del FIT-U. En la previa a esta jornada de doble sesión se sancionó la suspensión de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (EPAOS) en la Provincia. Así, ahora, las elecciones ya convocadas para el próximo 7 de septiembre tendrían un cronograma que se supone definitivo. Antes de esta sesión, la Junta Electoral provincial convocó a las principales autoridades del Poder Legislativos a fin de hacer llegar su posición sobre los plazos que debían respetar las agrupaciones políticas para participar en los próximos comicios desdoblados. La Junta Electoral provincial es un organismo permanente que está integrada por los presidentes de la Suprema Corte de Justicia, que actualmente es Hilda Kogan, que preside el organismo integrado además por cuatro vocales: el presidente del Tribunal de Cuentas Federico Thea y tres jueces de Cámaras de Apelación del Departamento de la Capital; a saber, Ana María Bourimborde, Eduardo Delbés, Gustavo Spacarotel. Este organismo, previamente, remitió notas a ambos Cuerpos legislativos sobre la conveniencia de modificar al menos dos de los plazos que deben observarse respectos de las presentaciones de los candidatos y la oficialización de boletas. El debate, por lo tanto, se desplegó con tres vértices o propuestas sugeridas: la legislación vigente, la propuesta del gobernador plasmada en el proyecto de ley ingresado en el Senado el pasado 7 de abril, y lo que estaría sugiriendo a través de su misiva elevada al Poder Legislativo por parte de la Junta Electoral de la Provincia. El gobernador Axel Kicillof sugirió que la convocatoria a elecciones sea con 100 días de anticipación, que la presentación de alianzas sea 80 días antes de las elecciones y que la presentación de las listas de candidatos se realice con 70 días de plazo previo a la elección y que la oficialización de las boletas sea con 50 días de antelación. La ley electoral bonaerense establece que la convocatoria de realizarse con no menos de 60 días de anticipación -el decreto-ley 9889 marca 60 días de anticipación para la presentación de las agrupaciones- 30 días antes la presentación de candidatos y estipulan 20 días para la oficialización de boletas. Las fechas que “sugiere” la Junta Electoral en la carta; son las mismas que rigieron antes de que se instrumentaran las elecciones primaras en el 2009, de forma concurrente entre nación y provincia. La ligazón al cronograma nacional hacía que la presentación de listas de candidatos se realizaba 50 días antes de la elección y la presentación de las boletas partidarias se concretaba 30 días antes de la fecha de los comicios. Es decir, la Justicia Electoral tenía 20 días para revisar las candidaturas, avisar a los apoderados ante eventuales irregularidades y resolver el diseño final de la boleta con 30 días de anticipación al acto electoral. En el organismo de contralor electoral bonaerense sostienen que es imposible hacerlo en la mitad de tiempo, tal como establece “la vieja” ley vigente, la 5109. Ahora, la Legislatura, a partir de un proyecto de ley que firmaron todas las bancadas que integran el Senado, que fue la Cámara de origen, dió el puntapié final de una reforma que le da la derecha a la Junta Electoral, modificando la ley vigente de forma definitiva. No son los tiempos que había planteado originalmente Kicillof, sino los que planteó la Junta Electoral, y son más extensos que los que hubiesen operado según la ley vigente. (Parlamentario) |